Asociación de Inspectores Profesionales de viviendas

Quienes somos


La ASIPV fue fundada en 2009 paralelamente a la creación de la empresa Certificado IPV para proteger y regular la profesión de Inspector de viviendas.

Se trata de una asociación sin ánimo de lucro, creada al amparo de la ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación.

 

 

 

 

Articulo 1. Con la denominación ASIPV se constituye una asociación al amparo de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de Marzo, y normas complementarias, con personalidad jurídica y plena capacidad de obrar, careciendo de ánimo de lucro.

Artículo 2. La existencia de esta asociación tiene como fines: agrupar a las personas que realicen inspecciones profesionales de viviendas, realizar actividades colectivas de manera estable y organizada democráticamente.

Artículo 3. Para el cumplimiento de estos fines se realizarán las siguientes actividades: La asociación tiene como objetivo promocionar los valores de la profesión, formar, controlar, asesorar mediante una normativa de códigos éticos de la profesión, dar a conocer formularios de nueva implantación, hacer consultas y asesoramiento y tener un punto de encuentro para realizar reuniones didácticas e informativas.

Artículo 4. La asociación establece su domicilio social en Vic, Plaza de la Estación, núm. 8, DP 08500 y su ámbito territorial en el que va a realizar principalmente sus actividades es todo el territorio del Estado.

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CÓDIGO DE ÉTICA Y BUENAS PRÁCTICAS DEL INSPECTOR

 

PRESENTACIÓN

Las inspecciones de viviendas son necesarias para informar a las personas que van a adquirir o ceder una vivienda, ya sea a través de una compra, alquiler, seguimiento de alquiler, para conocer el estado real de la misma.
Los inspectores de viviendas están sujetos al Código de Ética y buenas prácticas de la Asociación ASIPV, evitarán conflicto de intereses y actuarán de buena fe, con objetividad e integridad, así mismo las inspecciones se efectuarán de forma estrictamente equitativa, imparcial, profesional con honestidad, integridad y confidencialidad.

CÓDIGO DE ÉTICA

La Asociación de Inspectores Profesionales de Viviendas (ASIPV) promueve la profesionalidad, en las prácticas de inspección y la aplicación de los principios de ética del negocio. Los miembros de ASIPV se suscriben al siguiente código de ética en el curso de sus actividades profesionales.

DEBERES PARA CON EL PÚBLICO

• El inspector de viviendas se regirá por el código de ética y seguirá substancialmente los estándares de práctica, aprobada y supervisada conjuntamente por el IPV y la asociación de Inspectores Profesionales de Viviendas ASIPV.

• El inspector de viviendas no participará en ninguna práctica que pudiese ser perjudicial al público o desacreditar a la profesión de Inspector de Viviendas. No podrá establecer comparaciones con otros profesionales IPV, ni permitir que otros lo hagan y deberá respetar en todo momento las funciones e intereses de otros profesionales.

• La publicidad del IPV sólo podrá ser de carácter informativo y no persuasivo.

• El Inspector de viviendas está obligado a tener buen conocimiento del protocolo relativo a la relación del certificado IPV.

• El Inspector IPV dispondrá del equipo imprescindible necesario y en buen estado para que le facilite el trabajo y a la vez le proporcione unas conclusiones claras, concretas y totalmente contrastadas.

• El inspector de viviendas cuando actúe como profesional y deba expedir cualquier tipo de certificado apoyará su criterio en aquellos hechos probados que así lo justifiquen.

• El Inspector de viviendas que por cualquier causa no esté en condiciones de realizar un trabajo deberá abstenerse de realizarlo.

• El Inspector de viviendas será justo, honesto, imparcial, confidencial, y actuará de buena fe al tratar con el público.

• El Inspector de viviendas no discriminará en la conducción de su actividad profesional basado en raza, religión, sexo, nacionalidad, estado civil, orientación sexual o discapacidad y a tal efecto, cumplirá con toda ley relacionada con este tema.

• El Inspector de viviendas será veraz con respecto a sus servicios y calificaciones.

• El Inspector de viviendas evitará conflictos de intereses o actividades que comprometan, o den la impresión de comprometer, la independencia profesional, la objetividad o integridad de la inspección.

• El Inspector de viviendas no recibirá remuneración por una inspección de parte de más de una persona a menos que se llegue a un acuerdo con el cliente o clientes.

• El Inspector de viviendas no aceptará comisiones, directa o indirectamente, por recomendar contratistas.

• El Inspector de viviendas no reparará, reemplazará ni mejorará, a cambio de una remuneración, sistemas o componentes estipulados por las normas de práctica profesional de la ASIPV.

• El Inspector de viviendas no tendrá ningún conflicto de interés del cual el cliente no esté enterado, ni ofrecerá o aceptará comisiones, reembolsos, u otros beneficios, que no hayan sido acordados por las partes involucradas en la negociación. Por otra parte resultaría contrario a la ética la aceptación de cualquier clase de regalos, invitaciones, favores u otras compensaciones de clientes, salvo que se trate de atenciones de cortesía de valor simbólico.

• El Inspector de viviendas no realizará inspecciones de inmuebles bajo condiciones eventuales según las cuales, remuneración o cualquier referencia futura dependa de los resultados reportados en la inspección o de la venta del inmueble.

• El Inspector de viviendas actuará con objetividad en sus informes y no exagerará deliberadamente las condiciones reportadas ni restará importancia a esas condiciones.

• El Inspector de viviendas dará un trato totalmente confidencial sobre la vivienda y las partes y no proveerá ninguna información sobre una inspección a persona alguna a parte del cliente, sin la previa autorización escrita del mismo, excepto cuando pueda afectar la seguridad de otros o violar leyes o estatutos.

• El Inspector de viviendas actuará siempre en interés del cliente, a menos que al hacerlo viole leyes, estatutos o el presente código de ética.

• El Inspector de viviendas utilizará un contrato escrito que especifique los servicios que se prestarán, sus limitaciones, honorarios y expondrá de modo claro y conciso las características de los servicios propuestos, sin incluir aquellas que lleven al equívoco al cliente.

• El Inspector de viviendas cumplirá con todas las leyes y regulaciones gubernamentales y estará al corriente de todos los impuestos y cuotas con la administración y la ASIPV.

• El Inspector de viviendas se esforzará en mejorar la profesión de inspección de la vivienda compartiendo lecciones y/o experiencias para el beneficio de todos. Esto imposibilita al inspector registrar los derechos de autor o la comercialización de su experiencia a otros inspectores o al público en cualquier forma permitida por la ley.

• El Inspector de viviendas no participará en ningún acto o práctica que pueda perjudicar a IPV o a la asociación ASIPV, así como a sus compañeros, miembros, empleados, la dirección o a sus directores. Aquellos miembros acusados de violar tales reglas serán examinados por el comité de ética y le serán aplicadas las debidas medidas y/o su posible expulsión de ASIPV.

• El Inspector de viviendas no solo tiene que estar bien preparado, sino que debe mantener sus conocimientos y preocuparse de una formación permanente.

• Todo Inspector de viviendas deberá mostrar respeto y lealtad los cargos directivos de la Asociación. Así como también deberá aportar directamente con la debida prontitud todos los datos, conocimientos e informes que se le pidan y de los que tenga noticia para el ejercicio de la profesión.

• En cuanto a la apariencia de un Inspector de viviendas, debe ser de aspecto limpio, pulcro y con buena presencia, así como la vestimenta debe reflejar sentido de la responsabilidad a sí mismo y hacia los demás.

• El Inspector de viviendas que acumule 5 faltas leves, 3 faltas graves o 1 muy grave, será expulsado de la ASIPV a la vez que se le desautorizará para ejercer como Inspector de Viviendas.

 

DECÁLOGO IPV

 

1 - Formación

2 - Ética

3 - Imparcialidad

4 - Lógica

5 - Objetividad

6 - Legalidad

7 - No conflictividad

8 - Confidencialidad

9 - Profesionalidad

10 - Rentabilidad